Reglamento sobre la información de las transferencias de criptomonedas

El Consejo de la Unión Europea ha iniciado la negociación con el Parlamento Europeo sobre el Reglamento sobre la información de las transferencias de criptomonedas. Con ello se incrementan las obligaciones de los proveedores de servicios de criptoactivos, avanzándose hacia un marco regulatorio más desarrollado y apostando por la transparencia y la protección del inversor.

El objetivo de este Reglamento no es otro que dotar a las autoridades de control de herramientas con las que trazar las transferencias de criptoactivos. Al hacer accesible la información relativa a las transferencias se podrán abordar aquellas que resulten sospechosas.

Las claves del Reglamento sobre la información de las transferencias de criptomonedas

Garantizar la transparencia en los intercambios de criptoactivos es una prioridad para la Unión Europea. El objetivo es evitar que se aproveche la opacidad propia de estos activos para blanquear beneficios ilícitos o financiar actividades terroristas. Además, se busca ofrecer cierto nivel de protección al inversor, especialmente al poco experimentado y a los pequeños inversores.

En esta línea, los representantes permanentes de la Unión Europea acordaron el 1 de diciembre de 2021 ampliar el marco regulatorio de las criptomonedas. Se trata de garantizar la trazabilidad de sus transacciones mediante un sistema de información, cuya ejecución queda principalmente en manos de los proveedores de servicios.

¿A quién se aplicará el Reglamento?

El Reglamento sobre la información de las transferencias de criptomonedas resultará aplicable a aquellas transferencias que:

  • Supongan la intervención de dos proveedores de servicios de criptodivisas: el del emisor y el del beneficiario. A continuación analizaremos las obligaciones impuestas a cada uno de estos agentes.
  • O se basen en registros descentralizados pero supongan la intervención, al menos, de un proveedor de servicios de criptomonedas.

¿Qué obligaciones supondrá el Reglamento para el proveedor de servicios de criptomonedas del emisor?

El proveedor de servicios de criptomonedas del emisor deberá identificar, respecto a cada transferencia:

  • Nombre del emisor.
  • Dirección o direcciones del registro descentralizado del emisor.
  • Número de cuenta de criptomonedas del emisor, cuando la transferencia no quede registrada en una red descentralizada.
  • Identificador Legal de la Entidad emisora.
  • Identificación del emisor: dirección, número de identificación y fecha y lugar de nacimiento.
  • Identificación completa del servicio de criptomonedas del beneficiario, incluyendo todos los elementos arriba reseñados.

¿Qué obligaciones supondrá el Reglamento para el proveedor de servicios de criptomonedas del beneficiario?

El proveedor de servicios de criptomonedas del beneficiario deberá identificar, respecto a cada transferencia:

  • Verificar que se ha proporcionado la antedicha información sobre el emisor o el beneficiario.
  • Aplicar procedimientos eficaces que garanticen esta verificación.
  • Recabar y conservar la información y asegurarse de que la transferencia pueda identificarse individualmente.
  • Verificar la información recabada antes de poner las criptodivisas a disposición del beneficiario.
  • Aplicar procedimientos eficaces para determinar si se debe ejecutar o rechazar una transferencia.
  • En caso de detectar faltas de información, devolver las criptomonedas al emisor o solicitar la información restante antes de poner las criptodivisas en poder del beneficiario.
  • Si detecta transacciones sospechosas, ponerlas en conocimiento de la autoridad de control.

Estado actual de la regulación de criptoactivos

Los criptoactivos han supuesto una gran oportunidad de inversión en los últimos tiempos. Sin embargo, no han estado exentos de riesgos.

El más palpable es el relativo a su volatilidad. Si bien es cierto que los bruscos cambios de valor de las criptodivisas han supuesto elevados beneficios para algunos inversores, también lo es que muchos otros han perdido todos sus depósitos.

Ocultando este riesgo, numerosos agentes han llamado la atención del pequeño inversor, empujándolo a operaciones fraudulentas. Así, la opacidad en torno a los criptoactivos también ha supuesto una oportunidad para estafadores, que han vaciado las cuentas de estos inversores inexpertos con promesas de ganancias fáciles. Opacidad que también ha permitido el empleo de las cripto para financiar actividades ilegales o blanquear los beneficios del delito.

En este marco, el legislador europeo tiene a los criptoactivos en el punto de mira. El marco regulatorio crece en volumen y complejidad prácticamente a diario, incrementando la inseguridad jurídica de los operadores legítimos del sector.

¿Necesitas asistencia como proveedor de servicios de criptomonedas?

El mejor modo de reducir esta inseguridad jurídica es contando con el apoyo de un equipo legal experimentado. Sin embargo, la rápida evolución regulatoria deja atrás a muchos juristas, incapaces de mantenerse actualizados.

Por eso, desde attolón, queremos ofrecerte nuestra ayuda. Si necesitas contar con un equipo de abogados especializados en criptoactivos, permanentemente actualizado y que trabaja con los principales proveedores del sector, ponte en contacto con nosotros.

Nos aseguraremos de que cumplas con el reglamento sobre la información de las transferencias de criptomonedas, MiCA, las circulares de la CNMV y toda la normativa exigible en el sector.

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